Normas Seguridad Trabajos Proximidad de Elementos en Tensión

En todo trabajo en proximidad de elementos en tensión, el trabajador deberá permanecer fuera de la zona de peligro y lo más alejado de ella que el trabajo permita.
Medidas Preventivas
- Disponer de formación necesaria y conocimientos para poder identificar las instalaciones eléctricas, posibles peligros, y realizar trabajos en proximidad de elementos en tensión, aplicando los procedimientos indicados en manuales y anexo del RD 614/2001.
- Determinar, antes del inicio de los trabajos en zonas en proximidad de elementos en tensión, un trabajador autorizado (baja tensión) o un trabajador cualificado (alta tensión), la viabilidad del trabajo.
- Estudiar la posibilidad de suprimir la tensión en la instalación, o en la parte que se vaya a trabajar.
- Adoptar las medidas de seguridad necesarias para reducir al mínimo posible: el número de elementos en tensión, las zonas de peligro de los elementos que permanezcan en tensión, mediante la colocación de pantallas, barreras, envolventes o protectores aislantes cuyas características (mecánicas y eléctricas) y forma de instalación garanticen su eficacia protectora; aislar las partes conductoras desnudas bajo tensión, dentro de la zona de trabajo, mediante pantallas, fundas, capuchones, telas aislantes, etc. para Baja Tensión, y lo mismo en Alta Tensión (más de 1000 volts) también en los casos que no se cumplan las distancias mínimas.
- Si aún existieran, en la zona de trabajo, elementos en tensión cuyas zonas de peligro son accesibles, se debe: reducir al máximo las zonas de peligro, delimitando perfectamente y señalización las zonas; delimitar la zona de trabajo respecto a las zonas de peligro; conocer los riesgos existentes, la situación de los elementos en tensión, los límites de la zona de trabajo y cuantas precauciones y medidas de seguridad deban adoptar para no invadir la zona de peligro; informar al responsable sobre cualquier circunstancia que muestre la insuficiencia de las medidas adoptadas; cuando las medidas adoptadas no sean suficientes frente al riesgo eléctrico, los trabajos serán realizados por trabajadores autorizados, o bajo la vigilancia de uno de éstos.
- En su función de vigilancia, el trabajador autorizado debe velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad y controlar, en particular, el movimiento de los trabajadores y objetos en la zona de trabajo y el cumplimiento de las condiciones en que se ha planificado el trabajo.
- La vigilancia NO será exigible cuando los trabajos se realicen fuera de la zona de proximidad o en instalaciones de baja tensión.
