EMPRESA: COMANTUR S.L. |
CENTRO: TRABAJOS EN PARQUE, PUERTO Y CAMPAS LOGÍSTICAS – PG IND. EL MALLATÓN – PARCELA 12 SECTOR II C/B 9 Carcar (Navarra) |
PUESTO DE TRABAJO: RIESGOS COMUNES A TODAS LAS ACTIVIDADES |
Nº TRABAJADORES EXPUESTOS: TODOS |
PELIGROS IDENTIFICATIVOS |
FACTOR DE PELIGRO |
P |
C |
VR |
PROPUESTA MEDIDA PREVENTIVA/CORRECTIVA |
CRITERIO LEGAL/TÉCNICO |
30 |
Otros peligros |
Asfixia, ahogamiento en atmósferas irrespirables al acceder al rotor y a las palas. Operaciones en el interior de la nacelle, buje y pala. |
B |
A |
M |
El trabajo se considera espacio confinado, seguir el procedimiento establecido. |
NTP-223 |
Observaciones: Los trabajadores son informados sobre las normas de seguridad en los trabajos en espacios confinados. Ver Anexo. |
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30 |
Otros peligros |
Asfixia, ahogamiento en atmósferas irrespirables al acceder al rotor y a las palas. Operaciones en el interior de la nacelle, buje y pala. |
B |
A |
M |
Se deberán medir los niveles de oxigeno con antelación y de manera continua para establecer unas condiciones aceptables y seguras.
Uso obligatorio de explosímetro (detector de gas-polvo).
Para asegurar unas condiciones aceptables y seguras de ventilación utilizar un suministrador de aire.
Se deberá mantener siempre contacto visual y/o vía radio (walkie-talkie) con los trabajadores.
En caso de que se active la alarma del equipo se deberá abandonar inmediatamente la pala y el rotor y evacuar el aerogenerador según procedimiento de cliente. Se llevara como medida preventiva un aparato respirador de rescate para socorrer al trabajador en caso de emergencia.
Uso obligatorio de mascarilla de protección respiratoria FFP2, gafas estancas de protección contra partículas, guantes de protección mecánica y buzo de protección contra partículas sólidas. |
RD 374/2001
RD 773/1997 |
Observaciones: Ver procedimiento de evacuación del cliente. |
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30 |
Otros peligros |
Asfixia, ahogamiento en atmósferas irrespirables al acceder al rotor y a las palas. Operaciones en el interior de la nacelle, buje y pala. |
B |
A |
M |
Velar por la utilización correcta del EPI: Gafas de montura integral |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Asfixia, ahogamiento en atmósferas irrespirables al acceder al rotor y a las palas. Operaciones en el interior de la nacelle, buje y pala. |
B |
A |
M |
Velar por la utilización correcta del EPI: Guantes contra agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones) |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Asfixia, ahogamiento en atmósferas irrespirables al acceder al rotor y a las palas. Operaciones en el interior de la nacelle, buje y pala. |
B |
A |
M |
Velar por la utilización correcta del EPI: Mascarilla filtrante contra partículas |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Bloqueo de vías de evacuación en caso de emergencia. |
B |
A |
M |
Todos los equipos y herramientas se deberán colocar según lo especificado en la instrucción de trabajo, quedando prohibido que obstruyan las vías de evacuación de la pala al buje, del buje a la góndola y las vías por debajo de la multiplicadora y la trampilla del polipasto. |
Ley 31/1995 |
Observaciones: Ver procedimiento de evacuación del cliente. |
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30 |
Otros peligros |
Bloqueo salida de emergencia (uso de elevador) |
B |
M |
TO |
El transporte de cargas en este tipo de elevadores está permitido siempre que su desplazamiento se realice en modo AUTOMATICO, sin la presencia de trabajadores en su interior, siendo manejado desde el cuadro de mandos situado en la plataforma inferior del aerogenerador. Esto se debe a que en el caso de que un trabajador utilice el elevador de forma manual y lleve una carga en su interior, en caso de necesidad de evacuación, la carga
transportada nos bloquearía la salida por la parte inferior del mismo. |
Ley 31/1995 |
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30 |
Otros peligros |
Bloqueo salida de emergencia (uso de elevador) |
B |
M |
TO |
El uso del elevador está limitado a personal formado, dominador del manual de uso y conocedor del proceso de evacuación del mismo. |
Ley 31/1995 |
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30 |
Otros peligros |
Gestión de los EPI |
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d.n |
Poner a disposición de los trabajadores el manual de instrucciones o la documentación informativa facilitada por el fabricante de los EPI. |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Gestión de los EPI |
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d.n |
Informar a los trabajadores, previamente al uso de los EPI, de los riesgos contra los que protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. La información proporcionada deberá ser comprensible para los trabajadores. |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Gestión de los EPI |
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d.n |
Dar instrucciones a los trabajadores para que cuiden correctamente los EPI (según indicaciones del fabricante), para que los coloquen después de su utilización en el lugar indicado para ello y que informen de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el EPI utilizado que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora. |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Gestión de los EPI |
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d.n |
Realizar el seguimiento y control para que la utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los EPI se efectúe de acuerdo con las instrucciones del fabricante. |
RD 773/1997 |
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30 |
Otros peligros |
Gestión de los EPI |
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d.n |
Reponer los EPI cuando resulte necesario. Cuando se proporcionen los EPI a los trabajadores se recomienda dejar constancia mediante registro de entrega. Los EPI proporcionados deben de disponer del correspondiente marcado CE y del folleto informativo del fabricante. |
RD 773/1997
GT-RD 773/1997 |
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